Criterio 1 de 1 de la resolución: 43/00218/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 18/01/2024
Asunto:

IRPF. Deducción por inversión en elementos nuevos de inmovilizado material.

Criterio:

Aun cuando el contribuyente tribute en el régimen de recargo de equivalencia de IVA, la base a considerar en la deducción por inversión en elementos nuevos de inmovilizado material no incluye el IVA. 

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 68.2
Conceptos:
  • Base de deducción
  • Deducciones
  • Elemento nuevo
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Inmovilizado
  • Inversión
  • Regímenes especiales: recargo de equivalencia
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas