Criterio 1 de 1 de la resolución: 30/03239/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 30/11/2023
Asunto:

IRPF. Reducción por rendimientos irregulares.

Criterio:

A la luz de la doctrina del Tribunal Supremo, en este caso en que se ejerce  la actividad de abogado en el ejercicio, teniendo en cuenta los apuntes que constan en los libros registro de ingresos aportados, se puede considerar que no obtiene con carácter habitual rendimientos irregulares, por lo que procede la reducción del artículo 32 de la LIRPF, sin que la oficina gestora haya desvirtuado esta consideración.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 32
Conceptos:
  • Acreditación
  • Habitualidad
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Prueba
  • Rendimientos de actividad profesional
  • Rentas irregulares
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas