Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/22943/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 22/11/2023
Asunto:

IRPF. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Dación en pago de la vivienda habitual del deudor para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma.

Criterio:

Se considera que resulta aplicable la exención del artículo 33.4.d) LIRPF entendiendo que se ha producido una dación en pago, siendo la finalidad última de la transmisión la cancelación de las deudas garantizadas con hipotecas que recaían sobre la que constituía la vivienda habitual, contraídas con una entidad de crédito (se comparte el criterio de la DGT V2646-18).

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 33.4.d)
Conceptos:
  • Dación en pago
  • Deudas
  • Exenciones
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales/Incrementos y disminuciones de patrimonio
  • Hipoteca
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Vivienda habitual
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas