Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/22173/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 23/02/2021
Asunto:

LGT. Recargos por presentación extemporánea de autiliquidaciones. Si procede, o no, la exigencia de la reducción en el supuesto previsto en el art.27.5 LGT de los recargos por extemporaneidad cuando se ha solicitado un aplazamiento o fraccionamiento en periodo voluntario del citado recargo.

Criterio:

Se considera que procede la reducción prevista en el citado artículo, de conformidad con lo expuesto por el TEAC en resolución de 8/11/2011, R.G 00-04410/09

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 27.5
Conceptos:
  • Aplazamiento y fraccionamiento
  • Declaraciones/autoliquidaciones
  • Extemporaneidad
  • Pago
  • Período voluntario
  • Recargos
  • Reducciones
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas