Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/22173/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 23/02/2021
Asunto: LGT. Recargos por presentación extemporánea de autiliquidaciones. Si procede, o no, la exigencia de la reducción en el supuesto previsto en el art.27.5 LGT de los recargos por extemporaneidad cuando se ha solicitado un aplazamiento o fraccionamiento en periodo voluntario del citado recargo.
Criterio:
Se considera que procede la reducción prevista en el citado artículo, de conformidad con lo expuesto por el TEAC en resolución de 8/11/2011, R.G 00-04410/09
Referencias normativas:
- Ley 58/2003 General Tributaria LGT
Conceptos:
- Aplazamiento y fraccionamiento
- Declaraciones/autoliquidaciones
- Extemporaneidad
- Pago
- Período voluntario
- Recargos
- Reducciones