Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/15012/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 24/01/2023
Asunto:

IRPF. Rendimientos del trabajo. Reducciones. Régimen transitorio. Aplicación DT 11ª a las primas satisfechas con posterioridad a 31 de diciembre de 2006 por considerarse primas ordinarias. Prueba

Criterio:

Las primas aportadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2006, si bien no están cuantificadas monetariamente, sí que están referenciadas a índices objetivos determinados en la póliza (tablas demográficas y tipos de interés vigentes), que conlleva que tengan el carácter de ordinarias (vigente a 19 de enero de 2006); por lo que quedando acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Disposición Transitoria Undécima, ésta será de aplicación a toda la prestación percibida.

 

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • DT.11
Conceptos:
  • Derecho/régimen transitorio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Normativa aplicable
  • Prima
  • Seguros
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas