Criterio 1 de 1 de la resolución: 21/00381/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Andalucía
Fecha de la resolución: 06/05/2021
Asunto:

IRPF. Ganancia patrimonial derivada de la transmisión de participaciones adquiridas una parte por herencia y otra por extinción del condominio.

Criterio:


El reclamante adquiere, conjuntamente con sus hermanos, la nuda propiedad de las participaciones de una entidad por herencia de su padre, consolidando el pleno dominio de las participaciones por extinción del derecho de usufructo en un ejercicio posterior. Finalmente los hermanos extinguen el condominio que tienen sobre las participaciones.
Valor de adquisición de las participaciones adquiridas por herencia (adquiere primero la nuda propiedad y consolida ulteriormente el pleno dominio por extinción del derecho de usufructo). El valor de adquisición de las participaciones es el de la adquisición de la propiedad, aunque fuera nuda.
Valor de adquisición de las participaciones adquiridas por extinción del condominio con compensación en metálico por exceso de adjudicación. El valor de adquisición es el importe entregado en metálico por la adquisición de las participaciones adjudicadas en exceso.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 32.2
    • 34
    • 35
    • 36
  • Código Civil RD 24-jul-1889
    • 440
    • 440
    • 513
    • 609
    • 661
Conceptos:
  • Condominio/copropiedad
  • Extinción
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales/Incrementos y disminuciones de patrimonio
  • Herencia
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Nuda propiedad
  • Participaciones
  • Usufructo
  • Valor de adquisición
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas