Criterio 1 de 1 de la resolución: 19/00514/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 15/03/2023
Asunto:

ITPAJD. Disolución de condominio. Atribución de bienes inmuebles indivisibles a la sociedad de gananciales de la que ambos cónyuges son titulares conjuntamente del patrimonio ganancial.  

 

 

Criterio:

La extinción del condominio de dos sociedades de gananciales sobre varios inmuebles debe tributar como acto jurídico documentado y no como una permuta por transmisión patrimonial onerosa.

 

Se trata de un supuesto en el que una sociedad de gananciales independiente es parte de una (o varias) comunidad de bienes sobre un inmueble, ostentando la sociedad conyugal una tercera parte del mismo, y quedando extinta dicha comunidad de bienes con la escritura de disolución que nos ocupa. La sociedad conyugal, aun carente de personalidad jurídica, forma un patrimonio separado, distinto del de cada uno de los cónyuges y es una comunidad sin cuotas sobre los bienes comunes, a diferencia de la comunidad de bienes ordinaria; por tanto, no se ha producido una adquisición de una cuarta parte de los inmuebles adjudicados a cada comunero (cada cónyuge), como permuta de las otras cuartas partes en los que cesa el condominio, sino la atribución de inmuebles indivisibles a la sociedad de gananciales de la que ambos cónyuges son titulares conjuntamente del patrimonio ganancial.

Referencias normativas:
  • RDLeg 1/1993 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
    • 7
  • RD 828/1995 Reglamento Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
    • 61
  • Código Civil RD 24-jul-1889
    • 1344
    • 392
    • 400
    • 450
Conceptos:
  • Actos Jurídicos Documentados AJD
  • Bienes indivisibles
  • Condominio/copropiedad
  • Extinción
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
  • Inmuebles
  • Sociedad de gananciales
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Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas