IRPF/ISD. Ganancias de patrimonio. Sujeción. Donación de un 2% de una oficina de farmacia del obligado a sus hijos y constitución de una Sociedad Civil. Incumplimiento requisitos del apartado 6 del artículo 20 de la Ley 29/1987 del ISD.
El TEAR considera que existe ganancia de patrimonio al no transmitirse la totalidad del negocio e incumplirse lo dispuesto en el artículo 20.6 LISD (requisitos para aplicar una determinada reducción en la base imponible para fijar la base liquidable). La finalidad de la norma es conseguir el relevo generacional por lo que es necesaria la transmisión de la totalidad del negocio.