Criterio 1 de 1 de la resolución: 11/00768/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Andalucía
Fecha de la resolución: 06/05/2021
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Compensación de oficio.

Criterio:

De acuerdo con el artículo 58 de la Ley 58/2003, General Tributaria, la Administración debe compensar de oficio antes la liquidación inspectora que la sanción derivada de la misma.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 58
    • 63.3
Conceptos:
  • Compensación
  • De oficio
  • Liquidaciones tributarias
  • Procedimiento de inspección
  • Procedimiento de recaudación
  • Sanciones tributarias
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas