Asunto: IVA. Tipo impositivo. Productos sanitarios. Tipo impositivo aplicable a las entregas de tapones de oído, pera de irrigación, hojas y mangos de bisturí, asientos de goma, fajas, dediles, bragas de plástico, guantes no estériles, sistemas de irrigación, termómetros, pinzas y tijeras.
Criterio:
La aplicación del tipo reducido a entregas efectuadas en 2014 puede resultar procedente bien con base en el efecto directo de la Directiva 2006/112/CE interpretada por el TJUE en sentencia de 17/01/2013 (asunto C-360/11) bien con base en la interdicción de ese efecto directo vertical si las entregas respondieron a lo previsto en el art. 91.Uno.1.6º LIVA en redacción aplicable ratione temporis.
Procedencia del tipo reducido en las entregas efectuadas de termómetros clínicos digitales, guantes no estériles de látex, nitrilo y vinilo que incorporan el marcado de conformidad CE para productos sanitarios e instrumental para utilización médico-quirúrgica (tijeras, pinzas y bisturí -o su mango-).