Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/10478/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 29/04/2022
Asunto: IRPF. Exención. Becas de formación. Se incumplen los requisitos relativos al destino y la publicidad.
Criterio:
No procede la aplicación de la exención a las becas otorgadas por el Grupo Español de Tratamiento de Tumores de Cabeza y Cuello (entidad sin ánimo de lucro), al no estar destinada a una "colectividad genérica de personas" sino que se encuentra limitada a profesionales médicos que han participado en un curso Formación Conjunta en Tumores de Cabeza y Cuello impartido por la citada entidad. Tampoco ni la convocatoria ni el resultado de la misma, han sido publicados en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, lo que constituye el incumplimiento del requisito de publicidad imprescindible para el acceso a la exención, no siendo suficiente que la convocatoria o los resultados aparezcan publicados en la página web de la entidad.
Referencias normativas:
- Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
Conceptos:
- Becas/ayudas al estudio
- Boletín Oficial
- Exenciones
- Finalidad
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
- Publicidad
- Requisitos