Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/04973/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 29/10/2021
Asunto:

IRPF. Opciones tributarias y cláusula rebus sic stantibus. Modificación de opción motivada por el cambio de circunstancias tras la declaración retroactiva como exenta de la prestación por maternidad/paternidad.

Criterio:

Procede el cambio de opción de modalidad de tributación individual/conjunta por el reconocimiento como exenta de la prestación por paternidad y maternidad, al amparo del art. 1 RDL 27/2018, que extiende sus efectos para los ejercicios anteriores no prescritos y a otras prestaciones distintas de las reconocidas en STS 3.10.2018, casación nº 4483/2017, pues se ha producido un cambio sustancial de las circunstancias no imputable a los contribuyentes.

Sobre opciones y rebus sic stantibus: SSTS 15.10.2020, casación nº 6189/2017; 21.10.2020, casación nº 327/2019 y 29.10.2020, casación nº 4648/2018.

Posibilidad de optar de nuevo en este mismo supuesto: RTEAR Murcia 30/06169/2019 de 28.5.2021.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 119.3
    • 119.3
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 7.h)
    • 83.2
Conceptos:
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Maternidad
  • Motivación
  • Normativa aplicable
  • Opciones
  • Traslado/cambio
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas