Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/01968/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 21/12/2023
Asunto:

ISD. Prescripción. Intereses de demora derivados de solicitud de prórroga del plazo de presentación de la declaración.

Criterio:

Dado que la obligación de liquidación nace con la presentación de la autoliquidación dentro del plazo de la prórroga concedida, es esta fecha la que determina el inicio del plazo de prescripción del derecho a liquidar tales intereses de demora. A estos efectos no se consideran actos interruptivos de dicha prescripción los relativos al procedimiento de inspección en relación al ISD en cuyo alcance no se comprenden dichos intereses pues su devengo nunca deriva de las actuaciones de comprobación e investigación, como sí sucede con la liquidación de los intereses de demora de la cuota tributaria descubierta en las actuaciones inspectoras y que por ello no precisan ser especificados en la comunicación de inicio.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 66
  • RD 1629/1991 Reglamento Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
    • 68
    • 68
Conceptos:
  • Declaraciones/autoliquidaciones
  • Fecha inicial
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Intereses de demora
  • Plazos
  • Prescripción
  • Presentación/Interposición
  • Prórroga/renovación
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas