Criterio 1 de 1 de la resolución: 03/01511/2017/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Valencia
Fecha de la resolución: 22/12/2020
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Diligencia de embargo. No constan actuaciones interruptivas de la prescripción entre las notificaciones de los apremios y la diligencia de embargo impugnada.

Criterio:

 La REAs interpuestas contra las providencias de apremio, al ser inadmitidas por extemporáneas no interrumpen la prescripción.

Doctrina dictada en el RUC 1093/2017 de 20.03.2019 sobre la posibilidad de declarar, de oficio o a instancia del interesado, la prescripción del derecho de la Administración al cobro de la deuda.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 170.3
    • 66.b)
    • 67
    • 68.2
    • 69
Conceptos:
  • Diligencia de embargo
  • Extemporaneidad
  • Impugnación
  • Inadmisión
  • Interrupción
  • Prescripción
  • Reclamaciones económico-administrativas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas