Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/09003/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/03/2022
Asunto:

IRPF. Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF. Prestación por jubilación percibida de la entidad "Previsión Social, Empleados del Grupo Endesa Fondo de Pensiones" cuando anteriormente se han realizado aportaciones a la "Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de ENDESA" .

Criterio:

La resolución unifica criterio en el sentido siguiente:
A la prestación por jubilación percibida de la entidad "Previsión Social, Empleados del Grupo Endesa Fondo de Pensiones" cuando anteriormente se han realizado aportaciones a la "Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de ENDESA" le resulta aplicable lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF en los términos siguientes:
- La parte de la pensión de jubilación correspondiente a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 1987 se integrará en la base imponible como rendimientos del trabajo en su totalidad.
- La parte de la pensión de jubilación correspondiente a las aportaciones realizadas desde el 1 de enero de 1988 hasta el 31 de diciembre de 1994 se integrará en la base imponible del impuesto en concepto de rendimientos del trabajo en la medida en que la cuantía percibida exceda de las aportaciones realizadas que tributaron previamente. Si no pudiera acreditarse la cuantía de tales aportaciones, se integrará al 75 por 100.
- La parte de la pensión de jubilación correspondiente a las aportaciones realizadas desde el 1 de enero de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1998 se integrará en la base imponible como rendimientos del trabajo en su totalidad.
- Por la parte de la pensión de jubilación correspondiente a las aportaciones realizadas desde el 1 de enero de 1999 no cabe reducción alguna y ha de integrarse al 100 por 100 en la base imponible como rendimiento del trabajo.

Unificación de criterio

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 242
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • DT.2
Conceptos:
  • Aportaciones
  • Base imponible
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Jubilación
  • Mutualidades de previsión social
  • Normativa aplicable
  • Pensión
  • Reducciones
  • Rendimientos del trabajo
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas