Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/07780/2022/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 30/11/2023
Asunto:

TASAS. Tasa General de Operadores. Ausencia de desarrollo reglamentario.

 

Criterio:

La omisión reglamentaria relativa al sistema para calcular los gastos en que han incurrido las autoridades nacionales de reglamentación no impide la determinación de los distintos componentes que deben tenerse en cuenta a efectos de la cuantificación de la Tasa, al tener una finalidad de aclaración y sistematización de los distintos conceptos de gasto, pero sin que hasta que dicha aprobación se produzca se imposibilite la determinación de los mismos ya que su composición y naturaleza ha sido jurisprudencialmente aclarada por el Tribunal JUE y responde a conceptos sobradamente conocidos por la técnica contable. El Real Decreto 1620/2005, de 30 de diciembre, por el que se regulan las tasas establecidas en la derogada Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, continúa vigente en lo que no se oponga a la Ley General de Telecomunicaciones y en tanto no se apruebe la normativa de desarrollo de las tasas previstas en la nueva LGTel.

 

Criterio reiterado en Resolución TEAC de 30 de noviembre de 2023 (RG 7525-2022)

 

Referencias normativas:
  • Directiva 2002/20/CE Autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización)
    • 12
  • Ley 9/2014 General de Telecomunicaciones.
Conceptos:
  • Tasas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas