Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/06931/2023/50/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 14/03/2024
Asunto:

Suspensiones. Garantía hipotecaria de carácter inmobiliario. Existencia de cargas previas al derecho de la Hacienda Pública. Suficiencia jurídica.

 

Criterio:

La existencia de cargas hipotecarias previas no determina, per se, la falta de idoneidad de los bienes ofrecidos en garantía, en tanto que dicho razonamiento dejaría vacías de contenido todas las garantías consistentes en segunda o sucesivas hipotecas, debiendo valorarse si los bienes son económicamente suficientes una vez descontadas dichas cargas.

 

Se reitera criterio de 18 abril de 2023 (RG 7272/2022/50)

Nota: resoluciones asociadas

 

-Resoluciones TEAC 00/7273/2022/50/IS3 y 00/7272/2022/50/IS3 adoptadas el 18 de abril de 2023.

 

-Se asume el criterio adoptado en la Resolución del TEAR de Extremadura de 6 de septiembre de 2019 (RG 10/00246/2019/50/0) 

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 233
  • RD 520/2005 Reglamento Revisión en Vía Administrativa
    • 44
  • Res Secretaría Estado Hacienda y AEAT 21/12/2005 Criterios de actuación en materia de suspensión de la ejecución de actos impugnados
Conceptos:
  • Cargas
  • Garantías
  • Hipoteca
  • Suficiencia jurídica/económica
  • Suspensión
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas