Asunto: Contrabando. Tabaco con precintas fiscales, adquiridas en un estanco, para su venta al por menor sin autorización. Calificación como infracción
Criterio:
La tenencia con fines comerciales de labores del tabaco con precintas fiscales, adquiridas en un estanco, para su venta al por menor sin autorización no puede ser calificada como infracción de la Ley Orgánica de Represión del Contrabando
Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de junio de 1996 (número de recurso 7505/1991)
Reitera criterio de RG 00/03864/2020 (14-12-2023).