Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/03790/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 17/07/2023
Asunto:

Procedimiento de inspección. Entrada en domicilio constitucionalmente protegido. Exigencia de la existencia de un procedimiento inspector abierto y notificado al obligado tributario con carácter previo a la autorización judicial de entrada. Autorización judicial firme. STS de 12 de junio de 2023, rec.cas. 2434/2022.

Criterio:

 

En aplicación de la doctrina establecida por la STS de 12 de junio de 2023, rec.cas. 2434/2022,  habiéndose realizado la entrada en domicilio al amparo de previa autorización judicial firme - al no haber sido recurrida – debe desestimarse la alegación de nulidad de las actuaciones del procedimiento inspector basada en el no inicio del procedimiento inspector con carácter previo al auto de autorización de entrada .

 

STS de 12 de junio de 2023, rec.cas. 2434/2022 y de 9 de junio de 2023, rec.cas.2086/2022 y 2525/2022

La resolución TEAC de 24 de julio de 2023 dictada en recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio RG 10466/2022, declara inadmisible el recurso interpuesto al existir ya doctrina fijada por el TS en las citadas sentencias.

Criterio reiterado en resolución TEAC de 26-06-2023 (RG 6875/2020) y en resolución TEAC de 22-04-2024 (RG 63/2021)

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 174
    • 176
    • 182.2
    • 41
    • 43.1.a)
  • RD 939/2005 Reglamento General de Recaudación RGR
    • 124
Conceptos:
  • Autorización judicial
  • Domicilio
  • Notificaciones
  • Nulidad
  • Procedimiento de inspección
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas