Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/02704/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 17/05/2022
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Diligencia de embargo cuando media solicitud de suspensión pendiente de resolver.

Criterio:

No procede la emisión de la diligencia de embargo cuando consta aún pendiente de resolución la solicitud de suspensión presentada con ocasión de la reclamación económico-administrativa interpuesta frente al acuerdo de declaración de responsabilidad 

Criterio acorde con la STS de 27 de febrero de 2018 Rec. Casación 170/2016.

Reitera criterio de 27.02.2020 RG 3181/2017 y 5669/2017

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 170.3
    • 170.3.d)
  • RD 520/2005 Reglamento Revisión en Vía Administrativa
    • 46
Conceptos:
  • Derivación de responsabilidad
  • Diligencia de embargo
  • Procedimiento de recaudación
  • Reclamaciones económico-administrativas
  • Solicitud
  • Suspensión
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas