Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/02126/2018/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 16/03/2021
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Responsabilidad solidaria de causantes o colaboradores en la realización de actos que dan lugar a una liquidación vinculada a delito.

Criterio:

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única de la Ley 34/2015 que habilita la declaración de responsabilidad en este caso, en el que consta la existencia de sendas liquidaciones vinculadas a posible delito contra la Hacienda Pública referidas a la sociedad deudora principal, así como la imputación del responsable como causante/colaborador activo en los hechos que han originado dichas liquidaciones, y concurriendo los requisitos establecidos por la normativa tributaria, este Tribunal debe confirmar el acto impugnado, sin que resulte procedente entrar al análisis de las alegaciones formuladas por el interesado relativas a la procedencia de su imputación, pues supondría una indebida injerencia de este Tribunal en las competencias de la jurisdicción penal, contraria a lo dispuesto en el artículo 258 de la LGT, que en su apartado tercero establece taxativamente que "en el recurso o reclamación contra el acuerdo que declare la responsabilidad prevista en el apartado 1 anterior sólo podrá impugnarse el alcance global de la citada responsabilidad".

 

Criterio reiterado en RG 3780/2019 de 18.07.2022

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 176
    • 258
    • 41
Conceptos:
  • Alcance de la responsabilidad
  • Delito contra la Hacienda Pública
  • Impugnación
  • Liquidación vinculada a delito
  • Requisitos
  • Responsables solidarios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas