Asunto: IRPF. Rectificación de autoliquidación de ganancias de patrimonio no justificadas por la tenencia, declaración o adquisición de bienes o derechos respecto de los que no se hubiese presentado en plazo el Modelo 720. Rentas obtenidas en ejercicios prescritos. Aplicación de la STJUE de 27 de enero de 2022, Asunto Comisión/España C-788/19.
Criterio:
Siguiendo la sentencia del TJUE, la presunción de ganancias de patrimonio no justificadas, establecida en el artículo 39.2 de la LIRPF, debe decaer si queda debidamente acreditado por el contribuyente que los bienes situados en el extranjero se financiaron con rentas declaradas u obtenidas en ejercicios prescritos.
Criterio relacionado con RG 5375/2020 y RG 5904/2020, ambos de 4-03-2022.