Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/06660/2023/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 20/03/2024
Asunto:

Impuesto sobre Sociedades.  Reserva de capitalización. Requisito de mantenimiento del incremento de fondos propios.

Criterio:

En cuanto al cumplimiento del requisito de mantenimiento del incremento de fondos propios, de acuerdo con el criterio de la Dirección General de Tributos (DGT) expresado en Consulta Vinculante V1836-18 (22/06/2018), que este Tribunal hace suyo, una interpretación razonable de la norma lleva a precisar que en cada uno de los 5 años de plazo, la diferencia entre los fondos propios al cierre del ejercicio, sin incluir los resultados del mismo, y los del inicio del ejercicio inicial, sin incluir los resultados del ejercicio anterior, ha de ser igual o superior al incremento de fondos propios por el que se originó la reducción.

 

Criterio reiterado en Resolución TEAC de 20-10-2025 (RG 759-2024)

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 27/2014 Impuesto sobre Sociedades
    • 25
Conceptos:
  • Impuesto sobre sociedades
  • Requisitos
  • Reserva de capitalización
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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