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  • Criterio 1 de la resolución 00/01267/2025/00/00 del 17/07/2025 - TEAC
    Impuesto sobre Sociedades. Deducción por actividades de investigación y desarrollo (I+D+i). Artículo 35 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades. (LIS). Exigencia de la consignación de la deducción en la autoliquidación del período de generación. Cambio de criterio de la Dirección General de Tributos (DGT). Confianza legítima.  - La acreditación del derecho ...
  • Criterio 1 de la resolución 00/03697/2025/00/00 del 17/07/2025 - TEAC
    Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Régimen fiscal especial de trabajadores desplazados a territorio español. Artículo 93 Ley 35/2006, del IRPF. Imputación de rentas inmobiliarias por vivienda habitual. - Aquellos contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que opten por la aplicación del régimen especial para trabajadores, profesionales, emprendedores ...
  • Criterio 1 de la resolución 00/05685/2024/00/00 del 17/07/2025 - TEAC
    Impuesto sobre Sociedades. Deducción por actividades de investigación y desarrollo (I+D+i). Artículo 35 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (LIS). Exigencia de la consignación de la deducción en la autoliquidación del período de generación. Cambio de criterio de la Dirección General de Tributos (DGT). Confianza legítima.  - La acreditación del derecho a aplicar ...
  • Criterio 1 de la resolución 00/07350/2024/00/00 del 15/07/2025 - TEAC
    IVA. Base imponible. Inclusión del IVA en el importe de la contraprestación recibida por entregas regularizadas como no exentas realizadas en el marco de una operatoria claramente defraudatoria. Art. 89.Tres.2° de la Ley del IVA. - En aquellos supuestos, como el que nos ocupa, en los que el sujeto pasivo ha declarado y facturado unas operaciones como exentas, y más tarde, a través de las correspondientes liquidaciones, ...
  • Criterio 1 de la resolución 00/07417/2023/00/00 del 11/07/2025 - TEAC
    Procedimiento de recaudación. Responsabilidad subsidiaria art. 43.1.b) LGT. No naturaleza sancionadora - La declaración de responsabilidad subsidiaria por la causa prevista en el artículo 43.1.b) de la Ley 58/2003, General Tributaria, no tiene naturaleza sancionadora y, por tanto, no es de aplicación el principio ne bis in ídem que impera en el derecho sancionador. Unificación de criterio
  • Criterio 2 de la resolución 00/07417/2023/00/00 del 11/07/2025 - TEAC
    Procedimiento de recaudación. Procedencia de un segundo procedimiento de derivación de responsabilidad por el mismo presupuesto de responsabilidad y mismo sujeto que el correspondiente  a un primer acuerdo de derivación de responsabilidad anulado por un TEA por razones de fondo ante la falta de actividad probatoria de la Administración en sus actuaciones en acreditación del presupuesto de hecho determinante de dicha responsabilidad.
  • Criterio 1 de la resolución 00/04214/2024/00/00 del 24/06/2025 - TEAC
    IRPF. Rendimientos de actividades económicas. Deducibilidad de gastos. Vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías, art 22.4 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por R.D. 439/2007, de 30 de marzo. - Por lo que hace a la presunción de afectación de los vehículos mixtos adaptables, cuya utilización para necesidades privadas pueda considerase accesoria ...
  • Criterio 1 de la resolución 00/05240/2022/00/00 del 24/06/2025 - TEAC
    IRPF. Ganancias patrimoniales. Aportación no dineraria (AND) a una sociedad “holding”, por persona física, de acciones de una sociedad dedicada al comercio electrónico, acogida al régimen FEAC.Aplicación de la cláusula antiabuso de dicho régimen por considerar que su objetivo único o principal es aplicar a los beneficios procedentes de las acciones aportada la exención del artículo 21 de la LIS, evitando de forma abusiva la aplicación del IRPF. Identificación de la ventaja fiscal que debe eliminarse.Posible consideración como tal de la parte de la valoración de las acciones aportadas que refleja la expectativa de rentabilidad futura del negocio, medida aplicando a los beneficios ya conocidos de ejercicios anteriores un multiplicador específico para empresas dedicada al comercio electrónico.
  • Criterio 2 de la resolución 00/05240/2022/00/00 del 24/06/2025 - TEAC
    IRPF. Ganancias patrimoniales. Aportación no dineraria (AND) a una sociedad “holding”, por persona física, de acciones de una sociedad dedicada al comercio electrónico, acogida al régimen FEAC.Aplicación de la cláusula antiabuso de dicho régimen por considerar que su objetivo único o principal es aplicar a los beneficios procedentes de las acciones aportadas la exención del artículo 21 de la LIS, evitando de forma abusiva la aplicación del IRPF.Ajustes en la valoración de las participaciones si, tras verificarse la consumación de la ventaja abusiva por el reparto de dividendos de la sociedad operativa a la sociedad “holding”, se inaplica parcialmente el régimen FEAC y se regulariza en la persona física aportante parte de la ganancia patrimonial inicialmente diferida.
  • Criterio 1 de la resolución 00/05242/2022/00/00 del 24/06/2025 - TEAC
    IRPF. Ganancias patrimoniales. Aportación no dineraria (AND) a una sociedad “holding”, por persona física, de acciones de una sociedad dedicada al comercio electrónico, acogida al régimen FEAC.Aplicación de la cláusula antiabuso de dicho régimen por considerar que su objetivo único o principal es aplicar a los beneficios procedentes de las acciones aportada la exención del artículo 21 de la LIS, evitando de forma abusiva la aplicación del IRPF. Identificación de la ventaja fiscal que debe eliminarse.Posible consideración como tal de la parte de la valoración de las acciones aportadas que refleja la expectativa de rentabilidad futura del negocio, medida aplicando a los beneficios ya conocidos de ejercicios anteriores un multiplicador específico para empresas dedicada al comercio electrónico.

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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