Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/04119/2025/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 18/12/2025
Asunto:

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.(ITSGF). Aplicación del límite de la cuota íntegra del apartado Doce.1 del artículo 3 de la Ley 38/2022 a contribuyentes sometidos al impuesto por obligación real.

Criterio:

Procede la aplicación del límite de la cuota íntegra del apartado Doce.1 del artículo 3 de la Ley 38/2022 por la que se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, tanto a los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal como a los sometidos por obligación real, al considerarse de aplicación a este impuesto la jurisprudencia sentada respecto al Impuesto sobre el Patrimonio por el Tribunal Supremo en sentencias de 29-10-2025 (rec. cas. nº 4701/2023) y de 03-11-2025 (rec. cas. nº 7626/2023).

Criterio reiterado en resolución de 18 de diciembre de 2025 (RG 5527/2025)

Referencias normativas:
  • Ley 19/1991 Impuesto sobre el Patrimonio
    • 31.1
  • Ley 38/2022, de 27 de diciembre, de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias
    • 3.Doce.1
Conceptos:
  • Cuota tributaria
  • Impuesto sobre el patrimonio
  • Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
  • Límites
  • Obligación personal
  • Obligación real
  • Reducciones
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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