Criterio:
El órgano de recaudación es competente para tramitar y resolver el procedimiento de derivación porque cuando se inició la declaración de responsabilidad ya había vencido el período voluntario de pago de las deudas.
En cuanto a la declaración de fallido, al ser un acto interno que no se notifica al deudor principal, no interrumpe ni retrasa el cómputo del plazo de prescripción para la acción de derivación.