Criterio 1 de 1 de la resolución: 47/02173/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla y León
Fecha de la resolución: 31/05/2022
Asunto:

Procedimiento de comprobación limitada. Efectos de la regularización practicada en el procedimiento de comprobación limitada. Efecto preclusivo.

 

Criterio:

Si bien el primer procedimiento de comprobación limitada interrumpe el plazo de prescripción del derecho a practicar la liquidación correspondiente a las Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta del año 2015, en aplicación de los artículos 140 y 148 de la LGT, la Inspección no podía volver a regularizar las retenciones con independencia de que los trabajadores o perceptores concretos regularizados en el primero y segundo procedimiento sean distintos, ya que en ambos casos se está comprobado la misma obligación tributaria, o elementos de la misma, e idéntico ámbito temporal, sin que se haya hecho constar en el acuerdo de liquidación la concurrencia de ningún hecho nuevo o circunstancia sobrevenida distinta a las existentes en el momento de realizar la comprobación limitada, de tal forma que, en segundo procedimiento, solo se han analizado datos relativos a los perceptores de las rentas sujetas a retención de los que ya se disponía desde el principio pero que no fueron comprobados.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 140
    • 148
Conceptos:
  • Carácter parcial
  • Efectos
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Ingresos a cuenta
  • Preclusión
  • Procedimiento de comprobación limitada/abreviada
  • Regularización
  • Retenciones
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas