Criterio 1 de 1 de la resolución: 47/02127/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla y León
Fecha de la resolución: 31/03/2021
Asunto:

Impuesto sobre el Patrimonio. Seguros cuyo derecho de rescate no puede ejercerse temporalmente. No integración en la base imponible.

Criterio:

Los seguros en los que el derecho de rescate no se puede ejercer temporalmente no se integran en la base imponible del impuesto sobre el patrimonio durante el periodo de carencia, ya el asegurado no puede exigir la rescisión anticipada del contrato y hacer suyo el importe económico que en tal momento corresponda de acuerdo con la provisión matemática constituida.

Referencias normativas:
  • Ley 19/1991 Impuesto sobre el Patrimonio
    • 17.1
    • 37
Conceptos:
  • Base imponible
  • Impuesto sobre el patrimonio
  • Seguros
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas