Criterio 1 de 2 de la resolución: 46/09168/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Valencia
Fecha de la resolución: 31/01/2022
Asunto:

IRPF. Ganancias Patrimoniales. Expropiación forzosa. Imputación temporal de los importes adicionales de justiprecio recibidos en ejecución de Sentencias TSJ y TS por "firmeza parcial" como consecuencia de la retasación del importe procedente de la expropiación. 

Criterio:

En caso de retasación se origina una ganancia patrimonial distinta de la generada con la expropiación. Se trata de una figura de garantía de cobro que genera una nueva alteración patrimonial diferente y posterior a la generada por la transmisión del inmueble expropiado, debiendo imputarse de acuerdo con lo establecido en la LIRPF, sin que proceda la aplicación de, por ejemplo, coeficientes de abatimiento.

Doctrina TEAC 00/6143/13 de 2.11.2017

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 14.1.c)
    • 14.2.a)
    • 31.1
    • DT.9
  • Ley de 16 diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.
    • 56
    • 57
    • 58
Conceptos:
  • Expropiación forzosa
  • Firmeza
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales/Incrementos y disminuciones de patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Imputación temporal
  • Justiprecio
  • Retasación
  • Sentencia
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas