Criterio 1 de 1 de la resolución: 46/01743/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Valencia
Fecha de la resolución: 29/04/2021
Asunto:

IRPF. Cambio de opción de tributación debido a un error en su confección por el interesado. Voluntad viciada por circunstancias no imputables a los interesados.

Criterio:

Se dan requisitos de voluntad viciada en cuanto a participación de un 3º en dicho error.

Aun cuando la declaración fue efectuada y presentada por funcionario público habilitado a través del servicio de cita previa, el contribuyente facilitó toda la información precisa para confeccionar correctamente la declaración, pues constan los datos de la cónyuge y las ganancias patrimoniales obtenidas. Teniendo en cuenta la edad y estado del declarante y que, si bien firmó el consentimiento para la presentación de la declaración por el funcionario, es cierto que en dicho consentimiento no se informa del resultado de la declaración ni de la opción elegida, circunstancias relevantes que, de advertirse en dicho documento, podrían haber facilitado su revisión y subsanación dentro del plazo reglamentario de declaración.

 

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 83
    • 83.2
Conceptos:
  • Consentimiento
  • Declaración conjunta
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Vicios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas