Criterio:
Corresponde al Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos la condición de contribuyente del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero, la incineración y coincineración de residuos, siendo el gestor del vertedero y de las instalaciones, la entidad reclamante (UTE), lo que determina su condición de sujeto pasivo del impuesto, en calidad de sustituto del contribuyente.