Criterio:
La interposición de entidades para la construcción de elementos de inmovilizado que luego se cede en arrendamiento a otra entidad, normalmente vinculada, para la realización de una actividad exenta de IVA, es un supuesto de conflicto en la aplicación de la norma tributaria, y no de simulación. (Doctrina del TEAC, resolución 00-04029-2017, de 15/12/2020).