Criterio 1 de 1 de la resolución: 30/01248/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 30/11/2021
Asunto:

Responsables solidarios y subsidiarios. Declaración de responsabilidad subsidiaria del administrador de una sociedad declarada, a su vez, responsable solidario por el artículo 42.1.a) LGT. La declaración de responsabilidad del artículo 42.1.a) LGT no tiene carácter sancionador.

Criterio:

La responsabilidad tributaria declarada por el artículo 42.1a) LGT no implica la comisión de una infracción. En consecuencia, no es ajustada a derecho la exigencia de responsabilidad respecto del administrador de la sociedad, responsable por el artículo 43.1a) LGT, sin perjuicio de que, si concurren las circunstancias para ello, pueda ser exigida responsabilidad por el artículo 42.1a) LGT en relación a la deudora principal.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 42.1.a)
    • 43.1.a)
Conceptos:
  • Infracciones y sanciones
  • Requisitos
  • Responsables solidarios
  • Responsables subsidiarios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas