Criterio 1 de 1 de la resolución: 30/00479/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 26/02/2021
Asunto:

IRPF. Se pierde la exención por despido por nueva vinculación con la empresa dentro del plazo de tres años.

 

Criterio:

Al respecto cabe recordar que la norma se refiere en términos generales al concepto "vinculación", sin exigir que se trate de una nueva relación laboral, por lo que cabe considerar también una relación de carácter empresarial o profesional. Lo esencial es que se produzca una desvinculación efectiva y real del trabajador despedido con la empresa, requisito imprescindible para el mantenimiento de la exención y que no se acredita en este caso. El despido como director operativo tiene efectos mayo 2013. En octubre de 2013 presta un servicio se asesoría para demanda judicial por importe de 1.500 euros, y en enero de 2014 otro servicio de asesoría para la venta de unos terrenos y derechos mineros por importe de 101.944 euros. 

 

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 7.e)
  • RD 439/2007 IRPF Reglamento Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • 1
Conceptos:
  • Despido
  • Empresario/profesional
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Prueba
  • Relación laboral
  • Requisitos
  • Vinculación/operaciones vinculadas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas