Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/11628/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 27/04/2022
Asunto:

ISD. Acreditación de la uníón de hecho para su equiparación con los cónyuges a efectos tributarios. Eficacia de la inscripción en otros registros oficiales.

Criterio:

La reciente Sentencia del TC amplía la posibilidad de cumplimento del requisito legal de inscripción en un registro oficial de parejas de hecho a efecto de equiparación de los miembros de la pareja a los cónyuges, limitado por la redacción y por la jurisprudencia del TSJM al registro autonómico de la CAM, y por este TEAR a los demás registros autonómicos de idéntica naturaleza, a todo registro oficial; no obstante, debe entenderse necesario que se produzca la inscripción, no que se realice un acto encaminado a la inscripción en un registro análogo extranjero y no conste la propia inscripción. 

Referencias normativas:
  • DLeg 1/2010 Madrid Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el estado
    • 26
Conceptos:
  • Acreditación
  • Beneficios fiscales
  • Bonificaciones
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Pareja de hecho/unión de hecho
  • Registro/s
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas