Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/11519/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 28/09/2023
Asunto:

IAE. Sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas. Epígrafe en que deben encuadrarse las máquinas de juegos recreativos.

Criterio:

Las máquinas de juegos excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la CAM (Decreto 73/2009), no tributan en el IAE por el epígrafe 969.4 (Máquinas Recreativas y de Azar), y deben hacerlo por el epígrafe 969.7 (Otras máquinas automáticas)”

Referencias normativas:
  • Decreto 73/2009 Madrid Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modificción de otras normas en materia de juego
    • 3
  • RDLeg 1175/1990 IAE Tarifas e Instrucción
    • Regla 8
Conceptos:
  • Epígrafes
  • Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
  • Máquinas recreativas de azar
  • Sujetos pasivos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • XHTML 1.0 (Abre nueva ventana)
  • Nivel Doble-A de Conformidad con las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 (WCAG 1.0). (Abre nueva ventana)
  • (NIPO: 225-24-144-1)