Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/11519/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 28/09/2023
Asunto: IAE. Sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas. Epígrafe en que deben encuadrarse las máquinas de juegos recreativos.
Criterio:
Las máquinas de juegos excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la CAM (Decreto 73/2009), no tributan en el IAE por el epígrafe 969.4 (Máquinas Recreativas y de Azar), y deben hacerlo por el epígrafe 969.7 (Otras máquinas automáticas)”
Referencias normativas:
- Decreto 73/2009 Madrid Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modificción de otras normas en materia de juego
- RDLeg 1175/1990 IAE Tarifas e Instrucción
Conceptos:
- Epígrafes
- Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
- Máquinas recreativas de azar
- Sujetos pasivos