Criterio:
La Oficina Gestora considera que estando el contrato de alquiler a nombre de dos personas, la cantidad abonada por cada uno de ellos es del 50%. No obstante, el reclamante prueba que durante 3 meses la renta la pago él por entero. Nos basamos en una consulta a la Comunidad de Madrid y entendemos que la deducción se la puede aplicar cada contribuyente en función de las rentas que efectivamente abona, considerando en todo caso el contrato. Por tanto, es este caso, admitimos que satisface el 100% de la renta durante los meses que acredita, y por el resto, como la AEAT entiende que el alquiler es al 50%, entendemos que paga el 50% de la renta.