Texto de la resolución:
Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía
Sala
FECHA: 27 de febrero de 2020
PROCEDIMIENTO: 21-01125-2016; 21-01675-2016; 21-00001-2017; 21-00004-2017
CONCEPTO: TRIBUTACIÓN TRÁFICO EXTERIOR
NATURALEZA: PRIMERA INSTANCIA GENERAL
RECLAMANTE: X INTERNATIONAL B.V. - NIF ...
REPRESENTANTE: K CORPORACION, SL - NIF ...
DOMICILIO: ... - España
En Sevilla , se ha constituido el Tribunal como arriba se indica, para resolver en primera instancia la reclamación de referencia, tramitada por procedimiento general.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-
En este Tribunal han tenido entrada las siguientes reclamaciones que se resuelven de forma acumulada:
Reclamación |
F. Inter. |
F. Entra. |
Cuantía (euros) |
Concepto |
Referencias |
Liquidaciones |
21-01125-2016 |
05/08/2016 |
18/08/2016 |
4.481.702,24 |
Tráfico Exterior |
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A21...09 y ADL...12 |
21-00001-2017 |
27/12/2016 |
04/01/2017 |
4.289.383,68 |
Otros actos |
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LCZ...23 |
21-00004-2017 |
30/12/2016 |
10/01/2017 |
551.915,99 |
Otros actos |
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LCZ...27 |
21-01675-2016 |
23/11/2016 |
30/11/2016 |
770.578,07 |
Otros actos |
... |
ADL...18 |
SEGUNDO.- Contra los acuerdos anteriores, notificados por el orden precitado los días 8 de julio y 15 de Julio, 26 de octubre, 19 de diciembre y 29 de diciembre del año 2016, se interponen las presentes reclamaciones mediante escritos presentados respectivamente los días 5 de agosto, 23 de noviembre, ,27 de diciembre y 30 de diciembre de 2016.
TERCERO.-
El día 4 de Junio de 2013 llega a las instalaciones de Z ESPAÑA SA en localidad 1, autorizada como Almacén de Depósito Temporal, el buque J, procedente de los Estados Unidos de América, el cual efectúa la descarga, según certifica la empresa W Andalucia, SA, de 12.004.338 kilos (13.581.104 litros a 15º certificados) y una densidad de 0,8839 de SME (Soja Methyl Ester), es decir, ésteres monoalquílicos de ácidos grasos (FAME) elaborado a partir de soja, para lo cual presenta Declaración Sumaria de Depósito Temporal número ... partida número 1.
El producto se descarga en los tanques A03, A05 y A21 de acuerdo con las órdenes dada por el propietario del producto mediante correos electrónicos, desprendiéndose así de los certificados de descarga emitidos por la empresa prestadora de servicios, W Andalucia, SA, quién indica la cantidad de producto descargada en cada uno de los tanques, así como la cantidad de producto que existía al inicio y final del procedimiento de descarga.
Según se desprende de la documentación aduanera, la partida de la Declaración Sumaria del Depósito Temporal fue datada con los pertinentes documentos de reexportación.
CUARTO.-
Realizadas actuaciones de investigación en las instalaciones de Z ESPAÑA en localidad 1 por parte de funcionarios de la Subdirección de Inspección e Investigación del Departamento de Aduanas e IIEE., así como en el domicilio fiscal de W ESPAÑA, se ha permitido conocer el movimiento real del producto descargado del buque J.
En el desarrollo de parte de las actuaciones, en concreto las llevadas a cabo en las instalaciones de Z ESPAÑA en localidad 1, asistieron al amparo del artículo 18.4 del Reglamento (CE) nº 515/97 relativo a la Asistencia Mutua entre las autoridades administrativas de los Estados Miembros y a la colaboración entre éstas y la Comisión con objeto de asegurar la correcta aplicación de las reglamentaciones aduaneras y agraria, tres investigadores de la Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF) de la Comisión.
De la innumerable documentación aportada, es de destacar la siguiente, a efectos de determinar el movimiento real en los tanques del biodiesel descargado:
- Registro de trasiego entre tanques.
- Hoja Excel de Reconstrucción del movimiento del biodiesel entre tanques de entrada, trasiego y salida de la terminal, ordenada por X Internacional B.V.
- Certificados del Surveyor de descarga y carga del biodiesel de X Internacional B.V.
- Correspondencia intercambiada entre Z ESPAÑA SA, X INTERNATIONAL B.V y resto de agentes intervinientes en las operaciones de carga.
En base a tal documentación, se concluye que todo el biodiesel de X INTERNATIONAL B.V que se encuentra en las instalaciones de Z ESPAÑA en localidad 1 se mueve (traspasos, trasiegos) siempre entre tanques de la terminal bajo órdenes o especificaciones del cliente y las entradas/salidas de las instalaciones del biodiesel se efectúan en/desde los tanques que X INTERNATIONAL B.V indica específicamente, habiendo permitido dicha documentación además calcular el porcentaje que sobre el contenido total del tanque representa el biodiesel originario de los Estados Unidos, ya que en dichos tanques ya existía producto, y así determinar la cantidad de producto que salió realmente de la terminal de Z.
Por lo que se refiere a la forma en que se documentaron estas salidas físicas de biodiesel, el biodiesel de origen Estados Unidos cargado en los barcos desde los tanques, directa o indirectamente después de trasiego a otros tanques, así como las transferencias realizadas a P por tubería fija, se efectuó con declaraciones sumarias de salida (EXS), con documentos EMCS intracomunitarios, si los barcos de dirigían a otros EEMM de la UE, o con Documentos de acompañamiento en régimen suspensivo de Impuestos Especiales si el destino era el mercado español (téngase en cuenta que en el momento al que se refieren las operaciones, no estaba aún implantado el documento EMCS interno).
Consecuentemente, la Dependencia de Aduanas e II.EE. de localidad 1 pudo concluir que