Criterio 1 de 1 de la resolución: 17/00374/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 15/09/2021
Asunto:

IVA. Sujeción de indemización. Resolución de contrato de compraventa de vivienda. Indemnización al intermediario por lucro cesante.

Criterio:

La reclamante formaliza un contrato de mandato de venta en exclusiva de una vivienda unifamiliar. Presentada una oferta de compra de la finca en firme en las condiciones pactadas, la receptora del servicio decide resolver el contrato al haber encontrado otra oferta más ventajosa, pactándose una indemnización por lucro cesante cuantificada en el importe de los honorarios que debieron percibirse. La indemnización ha de calificarse como sujeta y no exenta al impuesto al constituir un acto de consumo, esto es, la contraprestación de un servicio ya realizado en el momento de la resolución del contrato. 

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 78.3.1
Conceptos:
  • Contrato
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Indemnizaciones
  • Resolución
  • Sujeción/No sujeción
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas