Criterio 1 de 1 de la resolución: 15/04465/2022/50/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Galicia
Fecha de la resolución: 08/03/2024
Asunto:

Recurso de anulación. Declaración de admisibilidad de reclamación extemporánea y recurso de anulación interpuesto por la AEAT. No se aprecia incongruencia en ninguna de sus modalidades.

Criterio:

No se aprecia incongruencia completa y manifiesta, en base exclusivamente a las fechas que constan en la propia resolución, en una resolución de una reclamación que no apreció su extemporaneidad, y que analiza el fondo del asunto y estima parcialmente.

En el mismo sentido Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, RG.: 06504-2015-50, de 11-06-2019.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 235.1
    • 241.bis.1.c)
  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • 88.2
Conceptos:
  • Extemporaneidad
  • Incongruencia
  • Recurso de anulación
  • Resolución
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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