Criterio 1 de 1 de la resolución: 15/03708/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Galicia
Fecha de la resolución: 30/07/2020
Asunto:

IRPF. Negocio simulado/economía de opción. Calificación conjunta de las operaciones de compra de participaciones sociales de la Sociedad A y la venta de inmuebles con precio aplazado a la sociedad B como operaciones simuladas, al considerar que es una única transacción motivada por la separación de los socios y siendo la entrega de inmuebles pago en especie.

Criterio:

La Inspección considera que las operaciones de venta por parte de un matrimonio de sus participaciones (35%) en una sociedad (A), y la simultánea transmisión de inmuebles por parte de esta a otra sociedad (B) que es titularidad de aquellos junto a sus hijos, no son operaciones independientes, sino que constituyen un negocio simulado, denegando el diferimiento pretendido por operaciones a plazos en IRPF

Se plantea que, aunque haya habido "cobros", se cuestiona la "exigibilidad" de los mismos, al no poder determinar en qué medida responden a pura apariencia y/o constituyen, en su caso, ejecución del negocio subyacente.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 108.2
    • 15
    • 16
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 14.2.d)
  • Código Civil RD 24-jul-1889
    • 1276
Conceptos:
  • Conflicto en la aplicación de la norma
  • Economía de opción
  • Fraude
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Operaciones inmobiliarias
  • Simulación
  • Vinculación/operaciones vinculadas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas