Criterio 1 de 1 de la resolución: 15/03610/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Galicia
Fecha de la resolución: 27/03/2024
Asunto:

IRPF. Procedimiento de comprobación limitada con el alcance consistente en “Constatar que, con los datos de que dispone la Administración, usted está obligado a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas” y que finaliza con liquidación provisional. Infracción sustantiva de la norma.

Criterio:

Se anula la liquidación ya que la actuación no se limita a "constatar" la obligación de presentar declaración, practicando liquidación en función de los datos aportados por terceros.

Hay que tener en cuenta que el art. 153 del Reglamento General de gestión e inspección tributaria regula el procedimiento especial de control de presentación de declaraciones, de aplicación previa sobre el general de comprobación limitada.

En el mismo sentido Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, RG.: 02581-2021, de 24-10-2023.

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 123
    • 137.2
    • 34.1.ñ)
  • RD 1065/2007 Reglamento Proc. Gestión e Inspección y N.Comunes de Aplicación
    • 153
    • 164.1
Conceptos:
  • Alcance
  • Anulabilidad
  • Defecto sustancial
  • Procedimiento de comprobación limitada/abreviada
  • Procedimiento de control de presentación de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • XHTML 1.0 (Abre nueva ventana)
  • Nivel Doble-A de Conformidad con las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 (WCAG 1.0). (Abre nueva ventana)
  • (NIPO: 225-24-144-1)