Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/11182/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 12/11/2021
Asunto:

LGT. Obligaciones conexas. Ejecución de resoluciones económico-administrativas.

Criterio:

No procede la aplicación del régimen de ejecución de obligaciones conexas (arts. 239.7 LGT y 66.2 RGRVA) en una resolución económico-administrativa (en este caso del IRPF 2013) cuando la otra obligación (en este caso IRNR 2015) también ha sido objeto de liquidación inspectora y sigue su propia vía económico-administrativa, siendo en la ejecución que corresponda de la resolución económico-administrativa o judicial que finalice dicha vía donde deberá plantearse lo que atañe a tal obligación.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 225.3
    • 239.7
    • 241.ter.1
    • 68.9
  • RD 520/2005 Reglamento Revisión en Vía Administrativa
    • 66.1
    • 66.2
    • 66.2
Conceptos:
  • Actuaciones inspectoras
  • Ejecución
  • Obligaciones tributarias conexas
  • Reclamaciones económico-administrativas
  • Recurso de ejecución
  • Resolución
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas