Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/10434/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 16/06/2023
Asunto: Impuesto sobre el Patrimonio. Exención participaciones. Remuneración de funciones directivas.
Criterio:
Pese a que el administrador único no cobre formalmente por el ejercicio de su cargo, el efectivo ejercicio del mismo unido a la principal fuente de rentas profesionales procedentes de tal entidad (servicios como piloto y cesión del derecho a explotar derechos de imagen) habilitan tener por cumplido el referido requisito.
Mismo criterio: RRTEAC de 26.2.2021 (RG 4028/2018) y de 23.11.2021 (RG 1187/2020)
Referencias normativas:
- Ley 19/1991 Impuesto sobre el Patrimonio
Conceptos:
- Administrador/consejero
- Exenciones
- Funciones de dirección
- Impuesto sobre el patrimonio
- Participaciones
- Requisitos
- Título gratuito