Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/10434/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 16/06/2023
Asunto:

Impuesto sobre el Patrimonio. Exención participaciones. Remuneración de funciones directivas.

Criterio:

Pese a que el administrador único no cobre formalmente por el ejercicio de su cargo, el efectivo ejercicio del mismo unido a la principal fuente de rentas profesionales procedentes de tal entidad (servicios como piloto y cesión del derecho a explotar derechos de imagen) habilitan tener por cumplido el referido requisito.

Mismo criterio: RRTEAC de 26.2.2021 (RG 4028/2018) y de 23.11.2021 (RG 1187/2020)

Referencias normativas:
  • Ley 19/1991 Impuesto sobre el Patrimonio
    • 4.8.2.c)
Conceptos:
  • Administrador/consejero
  • Exenciones
  • Funciones de dirección
  • Impuesto sobre el patrimonio
  • Participaciones
  • Requisitos
  • Título gratuito
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas