Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/08493/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 02/01/2024
Asunto:

Impuesto sobre sociedades. Reserva de nivelación. Requisitos. Entidad dedicada al arrendamiento de vivienda con persona contratada.

Criterio:

 Procede su aplicación por no tener la sociedad la consideración de entidad patrimonial. Es posible que la persona empleada sea administradora de la entidad, siendo indiferente el régimen de cotización a la Seguridad Social. Por otro lado, también procede concluir que existe actividad económica aunque el empleado con contrato laboral y jornada completa que se encarga de la gestión del arrendamiento de los inmuebles sea empleado de otra entidad del mismo grupo, distinta de la propietaria de los inmuebles.

Referencias normativas:
  • Ley 27/2014 Impuesto sobre Sociedades
    • 105
Conceptos:
  • Administrador/consejero
  • Arrendamiento/alquiler
  • Contrato
  • Impuesto sobre sociedades
  • Personal empleado/asalariado
  • Requisitos
  • Reserva de nivelación
  • Viviendas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas