Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/08404/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 15/09/2022
Asunto:

Porcedimiento económico-administrativo. Actos impugnables en vía económico-administrativa. Actos de trámite y derecho supletorio. Denegación de ampliación de plazo de alegaciones al Acta.

Criterio:

No es impugnable separadamente el acto de denegación de ampliación de plazo de alegaciones al Acta solicitada, ni en reposición ni en vía económico-administrativa, por constituir un acto de mero trámite. Los actos de trámite cualificados por indefensión o perjuicio irreparable a que se refiere el art. 112.1 LPAC no son de aplicación en el ámbito tributario, en que rige la norma especial más restrictiva del art. 227.1.b) LGT, de la que es reflejo el art. 91.6 RGAT.

Sobre la improcedencia de la aplicación supletoria de las disposiciones generales de derecho administrativo cuando existe regulación tributaria: STS de 10.9.2018, rec. de casación núm. 1246/2017, FJ 2.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 227.1.b)
    • 227.1.b)
  • RD 1065/2007 Reglamento Proc. Gestión e Inspección y N.Comunes de Aplicación
    • 91.6
  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • 112.1
Conceptos:
  • Actos de trámite
  • Ampliación
  • Denegación
  • Impugnación
  • Normativa aplicable
  • Plazos
  • Procedimiento económico-administrativo general en primera o única instancia
  • Reclamaciones económico-administrativas: materias y actos reclamables
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas