Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/08135/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 31/05/2024
Asunto: IRPF. Reducción del 30%. Determinar si procede aplicar la reducción del 30% prevista en el artículo 18 LIRPF a los rendimientos periódicos obtenidos como consecuencia de la suspensión de la relación laboral.
Criterio:
No procede aplicar la reducción del 30% prevista en el artículo 18 LIRPF a los rendimientos periódicos obtenidos de la entidad pagadora como consecuencia de la suspensión de su relación laboral, al no ser dicha situación asimilable a una resolución por mutuo acuerdo de la relación laboral, que equivale a extinción o finalización de la relación contractual.
Referencias normativas:
- Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
Conceptos:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
- Reducciones
- Relación laboral
- Rendimientos del trabajo
- Requisitos
- Suspensión