Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/07902/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 12/11/2021
Asunto:

IRPF. Rendimientos del trabajo. Tributación de los rendimientos pagados por el Consulado de EEUU en España al personal consular.

Criterio:

Están sujetos y no exentos del IRPF los rendimientos por retribuciones a empleados consulares nacionales españoles.

Por el contrario, están exentos los satisfechos a 1) empleados con doble nacionalidad española y estadounidense, y 2) no nacionales españoles con independencia de si eran residentes fiscales en España o no con anterioridad a la contratación o designación para el empleo en el Consulado.

La finalidad de la exención no es evitar la doble imposición (por lo cual no puede sostenerse una interpretación teleológica que la deniega en caso de no imposición en otro territorio) pues no se concede en contemplación del perceptor de la renta, sino que constituye un privilegio concedido al Estado titular de la representación consular para garantizar mejores condiciones en el desempeño de sus funciones (criterio de funcionalidad).

Art. 21 CDI España-EEUU; Art. XXVIII Tratado de Amistad y relaciones generales entre España y los Estados Unidos de América de 3-7-1902;

Resolución DGT 9-5-2008 (BOE 4-6-2008); Art. 21 Convenio Consular entre España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Instrumento de Ratificación publicado en BOE de 27.4.1963)

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 5
  • Res DGTributos 09-05-2008 Reconoce la exención por el IRPF sobre las retribuciones de los empleados de las Oficinas Consulares de EE.UU, en España, salvo que posean la nacionalidad española sin poseer la de EEUU.
  • EEUU Convenio de Doble Imposición de 22/02/1990
    • 21
  • Convenio Consular entre España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Instrumento de Ratificación publicado en BOE de 27.4.1963)
    • 21
Conceptos:
  • Beneficios fiscales
  • Doble imposición
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Personal diplomático/consular/organismos internacionales
  • Rendimientos del trabajo
  • Sujeción/No sujeción
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas