Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/01797/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 16/03/2023
Asunto:

IVA. Deducción. Vehículos. Presunción "iuris tantum" de afectación a la actividad en un 50%.

Criterio:

No procede la minoración de la presunción del 50% en base a criterios estimativos, en este caso, en función de las horas trabajadas (el porcentaje de disponibilidad para fines particulares que tienen los empleados y el personal directivo en la empresa), puesto que la norma exige aplicar la deducción en función del efectivo grado de afectación. No resulta aplicable mutatis mutandi la doctrina administrativa que se cita (resolución del TEAC de 04/12/2017, R.G. 02787/2014, entre otras) al referirse a otro concepto impositivo (IRPF-Retenciones).

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 95.3
    • 95.3.4
Conceptos:
  • Actividad/explotación económica
  • Afectación
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Presunciones
  • Vehículos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas