Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/01067/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 24/01/2022
Asunto:

IVA. Prestaciones de servicios entre filial y matriz a título gratuito.

Criterio:

La Oficina Gestora deniega el derecho a la deducción por entender que la sociedad realiza todas sus operaciones a título gratuito de acuerdo con lo que dispone el art. 5.Uno.a) LIVA. Sin embargo, la Ley excluye del ámbito del art. 5.Uno.a) a las entidades mercantiles, como es el caso, haciendo exclusiva referencia a personas y entidades, es decir, a personas físicas y entidades no mercantiles (asociaciones, fundaciones o entes de naturaleza similar).

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 5.1.a)
Conceptos:
  • Deducciones
  • Empresario/profesional
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Persona física
  • Prestaciones de servicios
  • Sociedad matriz/filial
  • Sociedad mercantil
  • Título gratuito
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas